SALIERON DEL PUERTO SANTO DOMINGO
Detienen a cuatro polizones viajarían en el Ferry a Puerto Rico
FUERON LOCALIZADOS DENTRO DE UN CONTENEDOR PROPIEDAD DE UNA EMPRESA DE ZONA FRANCA
Santo Domingo
El Cuerpo Especializado de Seguridad Portuaria (CESEP) apresó esta mañana a cuatro polizones dominicanos que pretendían viajar a Puerto Rico en el Ferry, saliendo del Puerto de Santo Domingo, informó el director de esa institución, contralmirante Luis Rafael Lee Ballester.
Los viajeros fueron identificados como Danilo Güilamo Aquino, Mariano Sosa de Paula, Kilobel Vargas Sánchez y Estarlin de Jesús Saldaña Brito. Los cuatro hombres son interrogados en la sede del CESEP para posteriormente ser entregados al Ministerio Público para el formal sometimiento.
Fueron descubiertos por oficiales asignados a la citada terminal, dijo Lee Ballester, dentro de un contenedor propiedad de una empresa de zona franca que fue trasladado del puerto de Haina Oriental para embarcarlo en la motonave que transporta mercaderías y pasajeros.
“La inspección realizada por nuestro personal hizo posible la detección de los viajeros ilegales, quienes ahora serán sometidos a la justicia por violar la Ley”, dijo el oficial en un comunicado, donde destacó que las medidlas de control adoptadas en los puertos impiden con frecuencia la salida de indocumentados.
Indicó que los cuatro hombres “estaban equipados con vestimentas suficientes en sus mochilas, así como con alimentos sólidos y líquidos, como agua, chocolate, sardinas, sustancias hidratantes, además de seguetas, cizallas y cinceles”.
El arresto se produjo en base a informes de inteligencia recolectados por el CESEP, en virtud del seguimiento dado a las redes que se dedican al tráfico de indocumentados en contenedores y barcazas que salen de distintos puertos dominicanos, sobre todo con destino a Puerto Rico y Estados Unidos.
De ser encontrados culpables por los tribunales, “estos polizones podrían ser condenados penas de seis meses a dos años de prisión y multa no menor de cinco a veinte salarios mínimos, aparte de las indemnizaciones previstas en la Ley No. 426-07”
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